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Ministerio de Salud y Protección Social

MinSalud amplía el tamizaje neonatal: seis nuevas pruebas para cuidar la vida de los recién nacidos desde sus primeras horas

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 MinSalud amplía el tamizaje neonatal: seis nuevas pruebas para cuidar la vida de los recién nacidos desde sus primeras horas

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Logo de MinSalud sobre color verde institucional con un fondo de un paisaje montañoso colombiano
30/01/2026
Boletín de Prensa No 014-2026


Se amplía el alcance del Programa de Tamizaje Neonatal con la incorporación de seis (6) nuevas pruebas obligatorias que permitirán detectar de manera temprana enfermedades congénitas que no presentan síntomas al nacer, pero que pueden generar discapacidad, retrasos en el desarrollo o muerte evitable si no se diagnostican oportunamente.

Bogotá D.C., 30 de enero de 2026. El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 117 de 2026, con la que amplía el Programa de Tamizaje Neonatal y ordena la toma obligatoria de seis nuevas pruebas de tamizaje a todos los recién nacidos, con el fin de detectar de manera temprana enfermedades congénitas que pueden afectar gravemente su desarrollo o incluso poner en riesgo su vida si no se tratan a tiempo.

Con esta decisión, el país pasa de realizar una sola prueba metabólica a siete pruebas obligatorias, lo que representa un avance histórico en la protección de la salud infantil.

Además del hipotiroidismo congénito, que ya se venía tamizando, ahora se incluirán pruebas para detectar: fenilcetonuria, galactosemia, fibrosis quística, hiperplasia suprarrenal congénita, déficit de biotinidasa y defectos de la hemoglobina.

La resolución también ratifica el derecho de todos los recién nacidos a recibir el tamizaje neonatal completo en sus cuatro componentes: visual, auditivo, cardiopatías congénitas complejas y endocrino-metabólico, consolidando una atención integral desde el inicio de la vida.

Uno de los puntos clave de la norma es que el tamizaje no se limita a tomar la muestra, sino que garantiza todo el proceso de atención. Esto incluye la información clara a las familias, la toma de la muestra de sangre mediante una punción en el talón del bebé entre las 48 y 72 horas de nacido, la repetición de la prueba cuando sea necesario, la entrega oportuna de resultados y, en caso de confirmarse alguna enfermedad, la remisión inmediata a especialistas para iniciar tratamiento y seguimiento temprano.

Todas estas pruebas de tamizaje y diagnósticas, consultas y atenciones están financiadas con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), por lo que deben ser garantizadas por las EPS a través de su red de servicios de salud. La resolución establece un proceso progresivo de implementación y señala que, al finalizar 2026, al menos el 79 % de los recién nacidos deberá contar con el tamizaje de las seis nuevas enfermedades.

Con esta ampliación del tamizaje neonatal, Colombia avanza en la detección temprana, reduce riesgos de discapacidad prevenible y mejora las oportunidades de desarrollo y calidad de vida de niñas y niños desde el comienzo de su vida.

La norma refuerza la responsabilidad de todos los actores del sistema de salud para asegurar que cada recién nacido reciba una atención oportuna, integral y equitativa, protegiendo su derecho a crecer sano desde el primer día.

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