Ser afiliado al sistema General de Seguridad Social en Salud SGSSS a través de una Empresa Promotora de Salud de Régimen Subsidiado EPS.
Que la EPS a la cual esta afiliado, le garantice la cobertura al plan obligatorio de salud POS a través de una red prestadora de servicios de salud- IPS.
La EPS el brinde información sobre la red de servicios de salud contratada, deberes y derechos, contenidos del POS, sistema de referencia y contrareferencia, horarios de atención, asociaciones de usuarios, rutas de acceso a los servicios de salud. Decreto 3039 de 2007.
Conocer la red de instituciones Prestadoras de servicios de a través de las cuales recibirá los servicios de salud- IPS y seleccionar su IPS más cercana a su sitio de residencia.
Si estaba afiliado antes de estar en desplazamiento, tiene derecho a seguir recibiendo los mismos servicios de salud en el municipio donde se encuentre.
Cuando estando en el régimen subsidiado se convierte en trabajador y pase al régimen contributivo, le conserven el cupo por un año.
Las EPS RS tiene la responsabilidad de garantizarle el plan obligatorio de salud subsidiado POSS a los afiliados a través de una red prestadora de servicios de salud. |
|
Informar en el municipio de llegada si estaba afiliado a una Entidad Promotora de Salud en el municipio de origen.
Reportar a todo su núcleo familiar para la afiliación e informar si alguien de la familia tiene alguna discapacidad o limitación.
Avisar a la Secretaría de Salud del municipio de llegada si se convierte en empleado, para garantizarle su cupo en el régimen subsidiado.
Participar de manera activa en las actividades de salud que promueva la EPS.
Informar a la Empresa Promotora de salud EPS cuando nace un niño o cuando muera un familiar afiliado.
Mantener actualizada la información básica de los integrantes del núcleo familiar informando las novedades como traslado de domicilio, cambio de documento, nacimientos, defunciones, traslado al régimen contributivo entre otras, etc.
|