Omitir los comandos de cinta
Saltar al contenido principal

Ministerio de Salud y Protección Social

Skip Navigation LinksConsejeria-en-anticoncepcion-

Disminuir fuente Restablecer fuente Aumentar fuente Contraste Restablecer contraste

Consejería en anticoncepción

Sexualidad, Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos

La consejería es un proceso de comunicación interpersonal y directa, mediante la cual un miembro del equipo de salud capacitado orienta, asesora y apoya a otra persona o pareja a identificar sus necesidades y a tomar decisiones informadas, libres, responsables y voluntarias acerca de sus vidas reproductivas.

Las necesidades de anticoncepción cambian en diferentes momentos y situaciones de la vida, razón por la cual el personal de salud debe brindar atención individualizada de acuerdo con las particularidades en el momento de la consulta.

Una vez brindada la información, las personas podrán elegir el método deseado y su entrega o inserción debe ser inmediata.

Los principales aspectos que debe considerar el profesional de salud que hace la consejería son:

  • Promover el ejercicio autónomo de los derechos sexuales y los derechos reproductivos
  • Explorar sobre la historia de anticoncepción
  • Identificar las experiencias positivas o negativas en el uso de métodos anticonceptivos.
  • Evaluar preferencia específica por algún método.
  • Presentar de manera sencilla cada uno de los métodos, además de sus mecanismos de acción, ventajas, efectos secundarios y cómo manejarlos, signos de alarma, y retorno a la fertilidad.
  • Hablar sobre el riesgo de ITS y de la posibilidad de usar doble protección (método anticonceptivo más el condón).
  • Verificar que la usuaria comprenda lo que se haya hablado durante la consejería.
  • Exponer cuáles podrían ser las mejores opciones de anticoncepción, de acuerdo con los criterios de elegibilidad y condición de salud de la usuaria.
  • Acompañar a la usuaria a tomar la mejor decisión de acuerdo con sus necesidades y preferencias en salud sexual y reproductiva.

Dentro de la oferta de métodos temporales de anticoncepción, existen algunos que, por las características necesarias para su suministro, requieren que la mujer otorgue su consentimiento informado por escrito. Este es el caso del dispositivo intrauterino y del implante subdérmico, que se insertan mediante un procedimiento menor en el consultorio y que conllevan unos riesgos que deben ser explicados de forma sencilla y clara, para que la mujer pueda, en el ejercicio de su autonomía, autorizar la inserción del método.

Para la esterilización masculina y femenina el consentimiento informado debe decir que a la persona se le explicó y entiende:

  • Que hay métodos anticonceptivos temporales que puede utilizar en lugar de la cirugía.
  • Que, si la operación tiene éxito, no podrá tener más hijos porque los efectos son permanentes.
  • Que el procedimiento seleccionado es quirúrgico y por tanto tiene riesgos.
  • Que puede cambiar de opinión en cualquier momento y decidir no operarse, sin que por ello pierda el derecho a recibir los servicios y la atención médica de la institución.
  • Que la determinación ha sido tomada libre y voluntariamente, sin coacción ni aliciente alguno.
Volver al Inicio