- Es el instrumento estratégico y operativo de la política pública en el territorio, resultante de la Planeación Integral para la Salud.
- El Plan Territorial de Salud hace parte integral del Plan de Desarrollo Territorial y permite a las entidades territoriales contribuir con el logro de las metras del Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031 y del Modelo de Salud Preventivo y Predictivo fundamentado en la Atención Primaria en Salud.
- La formulación, implementación, monitoreo, evaluación y rendición de cuentas del Plan Territorial de Salud está bajo la dirección y coordinación de las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales.
- El Plan Territorial de Salud se aprueba de manera simultánea con el Plan de Desarrollo Territorial en las Asambleas Departamentales y Concejos Distritales y Municipales.
FORMULACIÓN DEL PLAN TERRITORIAL DE SALUD (PTS)
IMPLEMENTACIÓN PLAN TERRITORIAL DE SALUD (PTS)
- Orientada a ejecutar los ejes estratégicos, estrategias, intervenciones, actividades y recursos aprobados en el Plan de Acción en Salud, en el tiempo definido para la operación.
- La implementación del Plan Territorial de Salud está a cargo de las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales bajo los principios de concurrencia, subsidiariedad y coordinación con todos actores presentes en el territorio.
- Los responsables de la implementación del Plan Territorial de Salud deben llevar a cabo la gestión intersectorial y transectorial pertinente utilizando los mecanismos, lineamientos y orientaciones definidas por la Comisión Intersectorial de Salud Pública.
MONITOREO Y EVALUACION DEL PLAN TERRITORIAL
- Es el conjunto de procedimientos, mecanismos y sistematizaciones que realizan el seguimiento integral y la medición de resultados obtenidos de la Planeación Integral para la Salud y la implementación del Plan Territorial de Salud.
- Se llevará a cabo monitoreo y evaluación del Análisis de Situación de Salud, del Componente Estratégico y de Inversión Plurianual; del Componente Operativo y de Inversiones en Salud del PTS; y el Plan de Acción en Salud.
- Para la realización del monitoreo y evaluación el Ministerio de Salud y protección Social definirá los procedimientos y herramientas pertinentes para este fin.
- El monitoreo y evaluación de los Planes Territoriales de Salud se llevará a cabo de manera anual y cuatrianual; mientras que el monitoreo y evaluación del Plan de Acción en Salud será trimestral.
RENDICIÓN DE CUENTAS
- La rendición de cuentas se realizará teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 1757 de 2015 "Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática".