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Ministerio de Salud y Protección Social

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 Rehabilitación para las personas con discapacidad

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​​​​​​ “Todas las personas con discapacidad tienen derecho a acceder a los procesos de habilitación y rehabilitación integral respetando sus necesidades y posibilidades específicas con el objetivo de lograr y mantener la máxima autonomía e independencia, en su capacidad física, mental y vocacional, así como la inclusión y participación plena en todos los aspectos de la vida.”​ (Artículo 9 Ley 1618 de 2013)


¿Qué pasa cuando la persona con discapacidad requiere un procedimiento que no se encuentra en el Plan de Beneficios con cargo  a la UPC?
Los procedimiento en salud requeridos por la persona con discapacidad lo determinan los profesionales tratantes quienes  pueden autorizar este procedimiento  a través del aplicativo WEB  MIPRES. Los profesionales autorizados para  ingresara a "Mi Prescripción" MIPRES; harán la prescripción del procedimiento requerido  con la debida justificación según la pertinencia médica,  acorde con las necesidades y la condición de salud de cada persona.


¿A qué atenciones en salud tienen derecho las personas con Trastornos del Espectro Autista -TEA?
Las personas con TEA tienen derecho al acceso a todos los procedimientos  y tecnologías en salud que se encuentran en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (Resolución 5269 de 2017). Es decir, se les garantiza la atención integral en salud con un enfoque diferencial.


¿Por qué es importante  el Protocolo Clínico para el Diagnóstico, Tratamiento y Ruta de Atención Integral de Niños Y Niñas con Trastornos del Espectro Autista -TEA?
El Protocolo para la atención integral de Niños y Niñas con TEA, unifica criterios y brinda herramientas a los profesionales de la salud que conforman el grupo interdisciplinario para que a partir del estudio de las habilidades, fortalezas, deficiencias, necesidades de cada niño y joven con TEA,  determinen un  plan de intervenciones que responda efectivamente a las necesidades particulares de cada uno de ellos.  Se cuenta con una ruta de atención integral en salud para niños y niñas con TEA que articula a los diferentes actores comprometidos  con la  atención en salud.   

 ¿Cómo se garantiza la atención integral en salud de las personas con TEA, mayores de 18 años?
Las personas con TEA  que cumplen  18 años o son mayores de esta edad, cuentan con su atención en salud a través de la EPS del  régimen contributivo, subsidiado, especial o de excepción, según su afiliación. Es decir, tienen derecho al acceso a la atención con un enfoque diferencial,  en promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, detección temprana, tratamiento, rehabilitación y paliación, y a todos los procedimientos  y tecnologías en salud que se encuentran en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (Resolución 5269 de 2017)

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