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​Listado de ESE y Administradores de Infraestructura Pública con Monopolio de Servicios Trazadores


La Ley del Plan Nacional de Desarrollo 1955 de 2019, estableció en su artículo 233 la redistribución de los recursos del Sistema General de Participaciones, definiendo un 3% para el subcomponente del Subsidio de Oferta.​​ Así mismo, el artículo 235 de la precitada Ley precisa que el Subsidio a la Oferta es una asignación de recursos para concurrir en la financiación de la operación de la prestación de servicios y tecnologías efectuadas por instituciones públicas o infraestructura pública administrada por terceros, ubicadas en zonas alejadas o de difícil acceso que sean monopolio en servicios trazadores no sostenibles por venta de servicios.

En este contexto, se expidió el Decreto 268 de 2020 (compilado en el Decreto 780 de 2016), modificado por el Decreto 292 de 2020, el cual establece en su artículo 2.4.2.7 que las entidades territoriales beneficiarias de la asignación de estos recursos, celebrarán un convenio con las ESE que defina el Ministerio de Salud y Protección Social y deberá tener en cuenta los lineamientos que para el efecto se expidan.

Por lo tanto, a continuación, se detallan las Empresas Sociales del Estado - ESE y administradores de infraestructura pública operados por terceros que son monopolio en servicios trazadores:​

Por lo tanto, a continuación, se detallan las Empresas Sociales del Estado - ESE y administradores de infraestructura pública operados por terceros que son monopolio en servicios trazadores:

Empresa Sociales del Estado - ESE y Operadores de Infraestructura Pública Operada por Terceros
Listado Vigencia
Archivo con Entidades Monopolio en Servicios Trazadores_Actualización 30/11/2025 2026

Para ver los archivos anteriores, dirijase a Prestación de servicios de salud a la población pobre no asegurada y actividades no financiadas con recursos de la UPC-S y Subsidio a la Oferta

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