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Funciones y competencias - Decreto 2562 de 2012

Conceptuar y orientar a las personas naturales y jurídicas respecto con la normatividad que regula:

  1. La Afiliación y recaudo en el Sistema General de Pensiones.
  2. Los Mecanismos de afiliación, cotización y aportes.
  3. Y otras prestaciones económicas. Debe entenderse por tal, las incapacidades a cargo de los Fondos de Pensiones (aquellas que superen los 180 días) y los auxilios funerarios.

OBSERVACIÓN: Es importante tener claro que el Ministerio y por tanto esta Subdirección, no puede reconocer pensiones, solucionar problemas de historia laboral, e interferir ante las entidades competentes para ello. Por lo tanto, este tipo de reclamaciones deben ser remitidas por competencia, a las entidades o fondos de pensiones que tienen dicha función.

NOMBRES

CARGO/TEMA

TELÉFONO (601) 3305000    Ext.

CORREO ELECTRÓNICO

Daniel Felipe Soto Mejía

​Director de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud, Riesgos Laborales y Pensiones

​1590

dsoto@minsalud.gov.co

María Fernanda Vargas Cardozo

Subdirectora de Pensiones y Otras Prestaciones

1511

mvargas@minsalud.gov.co

Daniel Felipe Ramírez Beltrán

Temas Administrativos

​​1512

​dframirez@minsalud.gov.co

Bibiana Marcela Castellanos González

Temas jurídicos

1513

​bcastellanos@minsalud.gov.co

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